Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

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Inteligencia Artificial Avanzada


Administrativa


Reg. 2031508


Aislada

SERES SINTIENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO. LOS ANIMALES TIENEN DERECHOS QUE PUEDEN SER JUDICIALIZADOS.

💡 Impacto Jurídico

“El Tribunal Colegiado establece que el reconocimiento de los animales como seres sintientes en la CDMX genera un parámetro constitucional local. Sus derechos (bienestar, trato digno) son justiciables, y las pruebas en casos de maltrato deben valorarse con perspectiva sensible al bienestar animal.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Los animales son considerados seres sintientes en la Ciudad de México?
    • ¿El reconocimiento de los animales como seres sintientes permite la judicialización de sus derechos?
    • ¿Cómo deben valorarse las pruebas en juicios de amparo relacionados con el bienestar animal?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Una asociación civil promovió amparo indirecto contra la omisión de las autoridades de la Ciudad de México de ejercer sus facultades para impedir: 1) la venta irregular o clandestina de animales en el Mercado de Sonora; 2) los actos de maltrato y de crueldad animal en ese lugar; y 3) la contaminación y los problemas de salud pública provocados por esa práctica. El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio. Consideró que no se demostraron tales omisiones ni se aportaron elementos para demostrar que dicha venta fuera generalizada, y que de la inspección judicial realizada en ese lugar no se evidenciaron conductas de maltrato o crueldad. En revisión se advirtió que las pruebas aportadas por la persona moral quejosa deben valorarse con una perspectiva sensible al bienestar animal.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el reconocimiento de los animales como seres sintientes en la normativa de la Ciudad de México genera un parámetro de regularidad constitucional local que debe aplicarse para evaluar las acciones y omisiones de la autoridad que puedan lesionar sus derechos e intereses.
📜 Justificación
La Asamblea Constituyente de la Ciudad de México vislumbró la urgencia de alentar nuevos imaginarios, deconstruir los desfasados, redefinir dinámicas y encumbrar una visión garantista enfocada a materializar un anhelo cada vez más presente en la agenda pública de ésa y otras ciudades vanguardistas: el bienestar animal. Para ello, reconoció constitucionalmente como seres sintientes a los animales, impuso obligaciones respecto de ellos y, correlativamente, les otorgó derechos de protección, cuidado, trato digno, bienestar, integridad, vida y tutela colectiva o responsabilidad común, entre otros. El Congreso de la Ciudad de México asimiló ese reconocimiento, y para lograr el bienestar animal desarrolló y dotó de contenido a esos derechos y, en un ejercicio de labor legislativa progresista, los maximizó. Ambos órganos, el primero con el otorgamiento de derechos a su favor y la creación de una oportunidad para su exigibilidad y justiciabilidad, y el segundo con su articulación, la previsión de mecanismos para operacionalizar su tutela y la ampliación de su catálogo, iniciaron un movimiento legislativo que ha empezado a transformar distintos ámbitos. Ello originó un cambio de paradigma en el trato de cualquier autoridad y cualquier persona hacia ellos. También reivindica años de lucha a favor de los derechos de los animales y de su reconocimiento como seres sintientes, que trasciende el ámbito de lo programático o declarativo e impone un nuevo marco de referencia jurídica para aproximarse a cualquier caso que los involucre. En consecuencia, en la Ciudad de México los animales tienen derechos reconocidos que pueden ser judicializados.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

VIGÉSIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 167/2024. Despacho Va por sus Derechos, A.C. 14 de agosto de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Yuritze Arcos López, Jueza de Distrito autorizada por el Consejo de la Judicatura Federal para desempeñar las funciones de Magistrada. Secretario: Héctor Jesús Reyna Pérez Güemes.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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