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Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Constitucional


Reg. 2032072


Aislada

OMISIÓN LEGISLATIVA ABSOLUTA DE EXPEDIR LA NORMATIVA EN MATERIA DE CUIDADOS EN LA CIUDAD DE MÉXICO. VULNERA EL DERECHO HUMANO AL TRABAJO.

💡 Impacto Jurídico

“No regular el trabajo de cuidados en la CDMX viola el derecho al trabajo. Esta omisión legislativa impone una carga desproporcionada a las mujeres, limitando su desarrollo profesional y perpetuando la desigualdad económica y laboral.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿La falta de una ley sobre el trabajo de cuidados en la CDMX viola algún derecho humano?
    • ¿Por qué la omisión de legislar sobre cuidados afecta desproporcionadamente a las mujeres en su vida profesional?
    • ¿Puede un ciudadano reclamar vía amparo que el Congreso local no haya expedido una ley que le ordena la Constitución?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Una mujer defensora de derechos humanos, abogada y activista que asume trabajos de cuidado cotidiano en su hogar promovió amparo indirecto contra la jefa de Gobierno y el Congreso de la Ciudad de México. Reclamó la omisión de expedir la normativa en materia de cuidados conforme al artículo 9, apartado B, de la Constitución local. El Juzgado de Distrito sobreseyó el juicio: respecto de la primera, al estimar inexistente la omisión reclamada, y por lo que hace al segundo, al considerar que la quejosa carecía de interés jurídico o legítimo.
⚖️ Criterio Jurídico
La omisión legislativa absoluta de expedir la normativa en materia de cuidados como lo ordena el artículo 9, apartado B, de la Constitución Política de la Ciudad de México, vulnera el derecho humano al trabajo.
📜 Justificación
La falta de regulación perpetúa un modelo que impone a las mujeres una carga desproporcionada de trabajo no remunerado, lo que limita su disponibilidad de tiempo, reduce sus posibilidades de formación y desarrollo profesional y restringe su inserción en empleos convencionales con jornadas, continuidad y progresión, lo que contribuye a la persistencia de brechas salariales y de menor acceso a puestos de responsabilidad.
Con ello, reproduce y naturaliza un juicio de valor peyorativo respecto de las labores de cuidado cotidiano al impedir su reconocimiento como trabajo digno y susceptible de remuneración, mientras que niega la posibilidad de reconocer legal y económicamente ese esfuerzo.
Perpetúa, en suma, la falta de protección social, la invisibilidad laboral y la inequidad.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

VIGÉSIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 185/2025. 28 de noviembre de 2025. Unanimidad de votos de las personas Magistradas Fernando Silva García, Mayra González Solís y Daniela Tejeda Hernández. Ponente: Mayra González Solís. Secretario: Héctor Jesús Reyna Pérez Güemes.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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