Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Laboral


Reg. 2031826


Aislada

DEVOLUCIÓN DE LOS RECURSOS ACUMULADOS EN EL SISTEMA DE CUENTAS INDIVIDUALES DE JUBILACIÓN (CIJUBILA) DE LA COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD CUANDO LA PERSONA TRABAJADORA SE RETIRA ANTICIPADAMENTE. PROCEDE RESPECTO DE LOS RECURSOS APORTADOS POR ELLA Y LOS INTERESES GENERADOS.

💡 Impacto Jurídico

“Si un trabajador de CFE renuncia antes de jubilarse, solo puede recuperar las aportaciones que él mismo hizo a su fondo CIJUBILA, con sus intereses. No puede retirar las aportaciones hechas por la CFE, pues el fondo es para la jubilación.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Si un trabajador de la CFE se retira voluntariamente antes de jubilarse, tiene derecho a la devolución total de su fondo CIJUBILA?
    • ¿Qué parte de los recursos de la cuenta CIJUBILA se le devuelve a un trabajador que renuncia anticipadamente?
    • ¿Por qué las aportaciones de la CFE al fondo CIJUBILA no se devuelven en caso de un retiro anticipado del trabajador?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Una persona extrabajadora de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) demandó, en la vía laboral, la devolución total de los recursos aportados al Sistema de Cuentas Individuales de Jubilación (CIJUBILA), así como los intereses que se hubieren generado, administrados por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore). La Junta determinó la devolución íntegra. Contra esa determinación la Afore promovió amparo directo. Argumentó que el trabajador no cumplía con los requisitos previstos en el artículo 13 de las Reglas de Operación de CIJUBILA al haber renunciado antes de obtener pensión jubilatoria.
⚖️ Criterio Jurídico
Cuando la persona trabajadora se separa voluntaria y anticipadamente de la CFE, la devolución de los recursos acumulados en la cuenta individual de jubilación CIJUBILA sólo procede respecto de los recursos aportados por aquélla, con sus respectivos intereses.
📜 Justificación
Conforme a los artículos 13, 14, 15 y 16 de las Reglas de Operación de CIJUBILA, éste es un sistema que funciona bajo la modalidad de un fondo de previsión social, constituido con el propósito de complementar los beneficios previstos por la Ley del Seguro Social, en materia de pensiones de retiro de las personas trabajadoras. Su finalidad es que al momento de la jubilación dispongan de recursos suficientes, o bien, que ante alguna eventualidad de incapacidad permanente o muerte puedan disponer de dicho fondo.
Sin embargo, de ningún artículo se desprende que ante un retiro anticipado (es decir, antes de alcanzar los beneficios de jubilación), la persona trabajadora pueda disponer de la totalidad de los recursos, ya que no se trata de un seguro de separación individualizado.
Consecuentemente, las aportaciones realizadas por la CFE, como ente patronal, no pueden ser objeto de devolución, pues ello está condicionado a la finalidad del fondo que es la jubilación, así como a la protección del patrimonio familiar ante alguna eventualidad de las previstas en los referidos artículos 14 y 15.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Amparo directo 943/2024. 2 de octubre de 2025. Unanimidad de votos de los Magistrados Juan Carlos Moreno Correa, Jorge Toss Capistrán y Adolfo Eduardo Serrano Ruiz. Ponente: Jorge Toss Capistrán. Secretario: Arturo Navarro Plata.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

Recibe las últimas tesis de la SCJN, clasificadas por materia, directamente en tu teléfono.

Canales de Telegram

Únase a nuestros canales especializados y reciba cada viernes las nuevas tesis clasificadas por materia, directamente en su dispositivo.