Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Laboral


Reg. 2030427


Aislada

DEMANDA LABORAL. BASTA QUE SE ADVIERTA CON CLARIDAD LA CAUSA DE PEDIR, QUE SE SEÑALE EL DERECHO QUE DEDUCE EL PETICIONARIO Y LOS HECHOS QUE LO ORIGINAN, PARA QUE LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DEBA REALIZAR UN ESTUDIO OFICIOSO DE LA ACCIÓN EJERCIDA.

💡 Impacto Jurídico

“En juicios laborales, la autoridad debe realizar un estudio oficioso de la acción ejercida, incluso si la demanda es deficiente, siempre que se advierta claramente la causa de pedir, el derecho reclamado y los hechos que lo sustentan, priorizando la estabilidad en el empleo.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Qué elementos mínimos debe contener una demanda laboral para que la autoridad realice un estudio oficioso de la acción?
    • ¿Debe la autoridad jurisdiccional laboral estudiar de oficio el derecho a la estabilidad en el empleo si la intención del actor es clara?
    • ¿Qué sucede si la parte actora busca un nombramiento definitivo y ofrece pruebas para acreditar su derecho?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
En un juicio laboral burocrático una trabajadora demandó como acción principal la reinstalación en su puesto de base. Señaló en el apartado de hechos que había desempeñado dicho puesto de manera fija e ininterrumpida, por lo que su estabilidad en el empleo se encontraba protegida. La parte patronal, al contestar la demanda, indicó que no había despedido a la trabajadora, sino que había fenecido la vigencia de su nombramiento y que las actividades que realizaba correspondían a un puesto de confianza. El tribunal determinó que no procedía la reinstalación, concluyendo que la trabajadora no cumplió con el artículo 7o. de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, para la obtención de un nombramiento definitivo.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en los juicios laborales basta con que en la demanda se advierta con claridad la causa de pedir, que se señale el derecho que deduce el peticionario y los hechos que lo originan, para que la autoridad jurisdiccional deba realizar un estudio oficioso de la acción ejercida.
📜 Justificación
Cuando de la demanda laboral se desprendan hechos que permitan inferir la voluntad de la parte actora de obtener un nombramiento definitivo, así como las circunstancias de cómo se dio la terminación del trabajo, las funciones que desempeñaba en su cargo y la continuidad que tuvo en el mismo, sí es posible el estudio relativo al derecho de estabilidad en el empleo, pues se refiere a un aspecto sustantivo que sí forma parte de la litis, al existir certeza de la intención de la parte actora al reclamarlo y al ofrecer pruebas con las cuales busca acreditar dicho derecho, por lo que la autoridad jurisdiccional debe realizar un estudio oficioso de la acción ejercida atendiendo a la causa de pedir.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. Amparo directo 339/2024. 23 de enero de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Jaime Páez Díaz. Secretaria: Pamela Olea Sandoval.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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