Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

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Administrativa


Reg. 2031427


Jurisprudencia

DECLARACIÓN ADMINISTRATIVA DE CADUCIDAD DE UN REGISTRO MARCARIO. LOS ARTÍCULOS 225 Y 226 DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL NO ESTABLECEN UN PLAZO PARA INICIAR EL PROCEDIMIENTO RELATIVO.

💡 Impacto Jurídico

“El Pleno Regional determinó que la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial no establece un plazo específico para solicitar la declaración administrativa de caducidad de un registro marcario, desestimando la aplicación del plazo de cuatro meses.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Existe un plazo legal para iniciar el procedimiento de caducidad de un registro marcario?
    • ¿Para qué sirve el plazo de cuatro meses establecido en los artículos 225 y 226 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial?
    • ¿Qué autoridad resolvió la contradicción de criterios sobre la caducidad de marcas?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial prevé un plazo para iniciar el procedimiento de declaración administrativa de caducidad de registro marcario y, a partir de ello, determinar si precluyó el derecho de la persona quejosa para solicitarla. Mientras que uno consideró que su interés jurídico para iniciar ese procedimiento no está sujeto a un plazo específico; el otro estimó que cuenta con cuatro meses para demandar la caducidad de una marca que significa un obstáculo o impedimento jurídico o de hecho para obtener el registro que pretende.
⚖️ Criterio Jurídico
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que los artículos 225 y 226 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial no establecen un plazo para que el solicitante de un registro de marca pueda demandar la caducidad de un registro marcario que le impide obtener el registro que pretende.
📜 Justificación
El plazo de cuatro meses que deriva de los referidos artículos es para que la persona solicitante de un registro de marca realice manifestaciones respecto de los requisitos, oposiciones o impedimentos que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial le haya comunicado una vez realizado el examen de la solicitud de registro de marca. Es decir, no se trata de un plazo específico para solicitar la declaración administrativa de caducidad. No sólo no se establece así, sino que no es posible deducirlo de las normas que regulan el trámite de registro marcario.

Datos de Publicación:

Plenos Regionales | Semanario Judicial de la Federación.

PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Contradicción de criterios 212/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Vigésimo y Vigésimo Primero, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 7 de agosto de 2025. Tres votos de la Magistrada Guillermina Coutiño Mata y de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas y Ernesto Martínez Andreu. Ponente: Magistrado Marco Antonio Rodríguez Barajas. Secretaria: Alba Silvia Pérez Bribiesca. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 494/2022, y el diverso sustentado por el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, al resolver el amparo directo 116/2023.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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