Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Común


Reg. 2030290


Aislada

CRITERIOS AISLADOS EMITIDOS POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN EN MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL DISTINTOS. METODOLOGÍA A SEGUIR POR LAS PERSONAS JUZGADORAS PARA DECIDIR EN CUÁL APOYARSE.

💡 Impacto Jurídico

“Esta tesis establece la metodología que deben seguir los juzgadores cuando existen criterios contradictorios no obligatorios de la SCJN (en amparo y controversia constitucional) sobre el mismo tema, eligiendo el que mejor se adapte al caso.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Qué metodología debe seguir un juzgador ante criterios opuestos y no obligatorios de la SCJN emitidos en distintos medios de control constitucional?
    • ¿Cómo se distingue la aplicación de precedentes emitidos en juicios de amparo y controversias constitucionales?
    • ¿Cuáles son los pasos para determinar qué precedente de la SCJN es más aplicable a un caso específico cuando ninguno es obligatorio?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar la constitucionalidad del impuesto por remediación ambiental en la extracción de materiales previsto en los artículos 83 BIS-2 a 83 BIS-7 de la Ley de Hacienda del Estado de Querétaro. Mientras dos resolvieron a partir de lo sostenido en el amparo en revisión 1071/2018 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el otro lo hizo con base en lo sustentado en la controversia constitucional 56/2017 del Pleno del Alto Tribunal.
⚖️ Criterio Jurídico
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que ante la existencia de resoluciones del Alto Tribunal emitidas en medios de control constitucional distintos, que sostengan criterios opuestos entre sí, respecto a un mismo tema y que ninguno sea obligatorio, conlleva que las personas juzgadoras sustenten sus decisiones en la que a su consideración se asemeje más al caso en estudio.
📜 Justificación
Tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como este Pleno Regional, se han pronunciado respecto a las particularidades que distinguen a las controversias constitucionales del juicio de amparo. Al tratarse de medios de control constitucional con objetos de tutela distintos, un mismo acto puede impugnarse a través de ambos, con la consecuencia de que puedan emitirse resoluciones en sentido diverso. Esto no impide que las personas juzgadoras sustenten sus decisiones en una u otra, siempre que a su consideración se adecue más al caso específico. La metodología a seguir para decidir en cuál precedente apoyarse consiste en: 1) revisar si ambos asuntos tratan el mismo tema que el sometido a su consideración; 2) verificar si son obligatorios; y 3) en caso de que no lo sean, elegir el que tenga mayor relación con la temática planteada, en la inteligencia de que puede apartarse de aquel que a su consideración no resulte aplicable.

Datos de Publicación:

Plenos Regionales | Semanario Judicial de la Federación.

PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Contradicción de criterios 108/2024. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Primero, Segundo y Tercero, todos en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito. 20 de febrero de 2025. Tres votos de las Magistradas Silvia Cerón Fernández y Guillermina Coutiño Mata, y del Magistrado Marco Antonio Rodríguez Barajas. Ponente: Magistrada Silvia Cerón Fernández. Secretaria: Erika Ivonne Carballal López.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

Recibe las últimas tesis de la SCJN, clasificadas por materia, directamente en tu teléfono.

Canales de Telegram

Únase a nuestros canales especializados y reciba cada viernes las nuevas tesis clasificadas por materia, directamente en su dispositivo.