Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

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Administrativa


Reg. 2031422


Jurisprudencia

AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. LA COMISIÓN ESTATAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE MEXICALI TIENE ESE CARÁCTER CUANDO REALIZA EL CORTE O SUSPENSIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.

💡 Impacto Jurídico

“Esta jurisprudencia establece que la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali (CESPM) es considerada autoridad responsable para el juicio de amparo cuando suspende el servicio de agua potable por falta de pago, ya que ejerce facultades de supra a subordinación.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿La Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali (CESPM) es autoridad responsable para efectos del juicio de amparo?
    • ¿Qué actos de la CESPM se consideran actos de autoridad que afectan la esfera legal del usuario?
    • ¿Por qué una concesionaria de servicios públicos puede ser considerada autoridad responsable en un juicio de amparo?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Los Tribunales Colegiados de Circuito contendientes sustentaron criterios contradictorios al analizar si la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali tiene el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo cuando realiza el corte o suspensión del servicio de suministro de agua potable, derivado de la falta de pago de presupuestos por concepto de derechos de conexión a los sistemas de agua potable y alcantarillado sanitario. Mientras que uno consideró que el presupuesto no afecta el interés jurídico de la parte quejosa porque sólo constituye un documento informativo que no contiene un requerimiento de pago; el otro sostuvo que dicho presupuesto y el corte del servicio por falta de pago del adeudo constituyen un acto de autoridad para efectos del amparo, porque la Comisión aludida actúa en representación de la administración municipal, de acuerdo con la concesión otorgada por el Ayuntamiento.
⚖️ Criterio Jurídico
El Pleno Regional en Materias Administrativa y Civil de la Región Centro-Norte, con residencia en la Ciudad de México, determina que la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali tiene el carácter de autoridad responsable para efectos del amparo cuando realiza el corte o suspensión del suministro del servicio de agua potable.
📜 Justificación
La concesionaria ejerce facultades de decisión que le están atribuidas en un ordenamiento legal y, por ende, sus actos constituyen una potestad pública cuyo ejercicio es irrenunciable, en la medida en que con las condiciones y funcionamiento de la prestación del servicio crea, modifica o extingue unilateralmente derechos de los usuarios. Ello, porque en razón de la concesión tiene la facultad de aplicarles la ley como si se tratara de la autoridad prestadora del servicio, como sucede con la facultad de realizar el cobro de las cuotas y suspender o restringir el servicio de suministro de agua ante la falta de pago, lo que revela que al emitir esos actos se ubica en un plano de supra a subordinación en relación con el usuario del servicio de agua potable, pues con ellos afecta su esfera legal.

Datos de Publicación:

Plenos Regionales | Semanario Judicial de la Federación.

PLENO REGIONAL EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y CIVIL DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE MÉXICO Contradicción de criterios 151/2023. Entre los sustentados por los Tribunales Colegiados Quinto y Cuarto, ambos del Décimo Quinto Circuito. 12 de junio de 2025. Tres votos de la Magistrada Guillermina Coutiño Mata y de los Magistrados Marco Antonio Rodríguez Barajas y José Patricio González Loyola Pérez. Ponente: Magistrado Marco Antonio Rodríguez Barajas. Secretaria: Alba Silvia Pérez Bribiesca. Tesis y/o criterios contendientes: El sustentado por el Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver el amparo en revisión 291/2022, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, al resolver los amparos en revisión 406/2021 y 194/2022.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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