Molina y Asociados


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Detalles del Criterio

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Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Común


Reg. 2029772


Aislada

AMPARO ADHESIVO. ANÁLISIS PRIORITARIO DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN QUE DETERMINEN EL ESTUDIO DE FONDO.

💡 Impacto Jurídico

“Esta tesis establece que en el amparo adhesivo, los conceptos de violación deben analizarse prioritariamente si buscan combatir la desestimación de una excepción que destruiría la acción de origen, permitiendo determinar si procede el estudio de fondo.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Cuándo deben analizarse de forma prioritaria los conceptos de violación en un amparo adhesivo?
    • ¿Qué finalidad tiene el análisis prioritario de los conceptos de violación en el amparo adhesivo?
    • ¿Aplica esta prioridad cuando la acción principal o reconvencional fue desestimada por cuestiones de fondo?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
En las sentencias dictadas en los juicios de origen se desestimó la acción por cuestiones inherentes al fondo. En los juicios de amparo directo, la parte tercera interesada promovió amparo adhesivo a fin de combatir las consideraciones que desestimaron una excepción que destruía la acción –principal o reconvencional–.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el examen de los conceptos de violación planteados en el amparo adhesivo es prioritario cuando ello determina si debe analizarse el fondo de la acción ejercida en el juicio de origen.
📜 Justificación
Conforme al artículo 189, primer párrafo, de la Ley de Amparo, si en la sentencia dictada en el juicio de origen se desestimó la acción –principal o reconvencional– por cuestiones inherentes al fondo, deben analizarse de manera prioritaria los conceptos de violación planteados en el amparo adhesivo en los que se combaten las consideraciones con base en las cuales se declaró infundada una excepción cuya finalidad era destruir la acción ejercida. Lo anterior, para estar en aptitud de determinar si existe o no materia para emprender el estudio del fondo de la acción principal o reconvencional planteada.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 40/2021. Aníbal Gallardo Ponce. 22 de junio de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretaria: Ma. del Carmen Meléndez Valerio. Amparo directo 52/2021. Marisol Natividad Pérez Ruiz y otros. 23 de septiembre de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Rangel Ramírez. Secretario: Octavio Rosales Rivera.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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