Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Común


Reg. 2031668


Aislada

RECURSO DE QUEJA CONTRA EL AUTO QUE ADMITE LA DEMANDA DE AMPARO. AL RESOLVERLO DEBE ANALIZARSE LA LEGALIDAD DEL ACUERDO QUE PREVINO A LA AMPARISTA PARA ACLARARLA O COMPLETARLA.

💡 Impacto Jurídico

“Al resolver un recurso de queja contra la admisión de una demanda de amparo, si se alega incumplimiento de la prevención, el tribunal debe revisar la legalidad del auto preventivo original para garantizar la tutela judicial efectiva.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Qué debe analizar un Tribunal Colegiado al resolver un recurso de queja contra el auto de admisión de amparo?
    • ¿Es obligatorio revisar la legalidad del auto de prevención original si el recurrente alega incumplimiento?
    • ¿Qué derecho fundamental se garantiza al analizar completamente el problema planteado en el recurso de queja?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
Dos personas promovieron amparo indirecto. El Juzgado de Distrito las previno para que aclararan su escrito de demanda. A través de su representante en términos amplios presentaron escrito de aclaración. El Juzgado de Distrito tuvo por subsanada la prevención y admitió la demanda. Contra el auto admisorio la parte tercero interesada interpuso recurso de queja.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se impugna el auto de admisión de la demanda de amparo indirecto y la parte recurrente pretende que se haga efectivo el apercibimiento contenido en el auto de prevención para aclararla, consistente en tenerla por no presentada, debe analizarse la legalidad del auto preventivo para dilucidar si el apercibimiento es correcto.
📜 Justificación
Cuando la parte recurrente pretende a través de la interposición del recurso de queja que se revoque el auto de admisión de la demanda de amparo indirecto, al considerar que la parte que solicita la protección constitucional no dio cabal cumplimiento a la prevención formulada, ello obliga a analizar la legalidad del auto preventivo para resolver en forma completa el problema planteado y garantizar el respeto al derecho fundamental a una tutela judicial efectiva reconocido por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO OCTAVO CIRCUITO. Queja 48/2025. 6 de junio de 2025. Unanimidad de votos. Ponente: Estela Platero Salado. Secretaria: María Mercedes Leos Campos.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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