Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

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Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Civil


Reg. 2030291


Aislada

DAÑOS Y PERJUICIOS EN EL JUICIO ORAL MERCANTIL. PARA QUE PROCEDA SU CONDENA DEBEN EXPRESARSE EN LA DEMANDA LOS HECHOS EN QUE SE SUSTENTEN, PRECISANDO EN QUÉ CONSISTIERON, Y DEBERÁ ACREDITARSE SU EXISTENCIA CON PRUEBAS FEHACIENTES.

💡 Impacto Jurídico

“En juicios orales mercantiles, la condena por daños y perjuicios requiere que el demandante exprese detalladamente en la demanda los hechos que los sustentan, precisando en qué consistieron y acreditando su existencia con pruebas fehacientes, conforme al Código de Comercio.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Qué requisitos debe cumplir una demanda en un juicio oral mercantil para solicitar daños y perjuicios?
    • ¿Basta la simple afirmación de haber sufrido daños y perjuicios para obtener una indemnización?
    • ¿Qué artículos del Código de Comercio fundamentan la necesidad de precisar los hechos y pruebas en la demanda mercantil?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
En la vía oral mercantil se demandó el pago de daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en un contrato de suministro de materiales. El Juez declaró procedente la acción y condenó a la demandada al pago de una indemnización por daños y perjuicios, a pesar de que no se demostró su existencia con pruebas en las que éstos se hubieran materializado, ni se mencionó en los hechos de la demanda en qué consistieron.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que para que proceda la condena al pago por daños y perjuicios deben expresarse en la demanda los hechos en que se sustenten, precisando en qué consistieron, y deberá acreditarse su existencia con pruebas fehacientes.
📜 Justificación
De conformidad con los artículos 1327, 1390 Bis 11, fracción V y 1390 Bis 13, del Código de Comercio, la sentencia que se emita debe ocuparse exclusivamente de las acciones deducidas y de las excepciones opuestas respectivamente en la demanda y en la contestación. Asimismo, en los juicios orales mercantiles la actora desde su demanda debe expresar los hechos en que funde su acción y señalar los documentos públicos o privados que tengan relación con cada uno de ellos, así como, en su caso, proporcionar los nombres y apellidos de los testigos que hayan presenciado los hechos relativos. No basta la afirmación de que se ocasionaron daños y perjuicios para obtener en automático una indemnización. Es necesario que ese derecho se relacione debidamente en los hechos de la demanda, en donde se indique claramente cuál es la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio y la privación de la ganancia lícita que debió obtenerse con el cumplimiento de la obligación, con pruebas fehacientes que pueda el juzgador tomar en consideración para poder fijar los daños y perjuicios que se reclaman, y no inferirse de las pruebas ofrecidas, pues se dejaría en estado de indefensión a la parte demandada.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 266/2023. 11 de diciembre de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Araceli Trinidad Delgado. Secretaria: Begonia Grisel García Gómez.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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