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“La Primera Sala determinó que el artículo 10 de la Ley del Seguro Social, que solo permite embargar pensiones por obligaciones alimenticias, es constitucional. Esto se justifica por la protección reforzada al mínimo vital de las personas jubiladas y sus familias, diferenciando las pensiones del salario.”
Datos de Publicación:
Primera Sala | Semanario Judicial de la Federación.
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