Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

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Inteligencia Artificial Avanzada


Civil


Reg. 2029835


Aislada

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS PREJUDICIALES MERCANTILES. CUANDO PROCEDE EL RECURSO DE APELACIÓN POR LA CUANTÍA DE LA SUERTE PRINCIPAL, LOS PROVEÍDOS DICTADOS DURANTE SU SUSTANCIACIÓN TAMBIÉN SON APELABLES.

💡 Impacto Jurídico

“Esta tesis establece que en las providencias precautorias mercantiles prejudiciales, si la cuantía de la suerte principal permite la apelación (mayor a $662,957.06), todos los proveídos dictados durante su sustanciación también son apelables.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿Cuándo procede el recurso de apelación en providencias precautorias prejudiciales mercantiles?
    • ¿El recurso de apelación aplica solo a la resolución inicial o a todos los proveídos dictados durante la sustanciación?
    • ¿Cuál es el monto mínimo de la suerte principal que determina la procedencia de la apelación en estos casos?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
En un procedimiento prejudicial mercantil de providencias precautorias, la promovente obtuvo la retención de bienes de su contraparte; pero un tercero ofreció un inmueble propio para garantizar el pago de la deuda, por lo que la persona juzgadora ordenó levantar la providencia. La pretensa actora interpuso recurso de revocación contra diversos proveídos dictados en dicho procedimiento, los cuales se desecharon al considerarse que procedía el de apelación.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando en las providencias precautorias prejudiciales mercantiles proceda el recurso de apelación por la cuantía de la suerte principal, los proveídos dictados durante su sustanciación también son apelables.
📜 Justificación
De la interpretación sistemática de los artículos 1339 y 1345, fracción IV, en relación con el diverso 1183, todos del Código de Comercio, se concluye que, por regla general, para la procedencia del recurso de apelación, la suerte principal del procedimiento o juicio ha de ser igual o mayor a $662,957.06 (seiscientos sesenta y dos mil novecientos cincuenta y siete pesos 06/100 moneda nacional), que es el monto que se encontraba vigente al 13 de diciembre de 2019, fecha en que la pretensa actora presentó la solicitud para obtener las providencias. En las providencias precautorias prejudiciales donde la cuantía admita el recurso de apelación, las determinaciones judiciales que se dicten durante su sustanciación también son apelables, pues sería un contrasentido razonar que la apelación procede sólo contra los autos que las obsequian, pero no contra los proveídos que ordenan levantarlas. Por tanto, si en el procedimiento prejudicial la suerte principal es mayor al importe previsto en el primer artículo, contra los proveídos ahí dictados procede la apelación y no el recurso de revocación.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 274/2023. 15 de noviembre de 2023. Mayoría de votos. Disidente: Víctor Francisco Mota Cienfuegos. Ponente: Sofía Verónica Ávalos Díaz. Secretario: Víctor Hugo Solano Vera.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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