Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Civil


Reg. 2029753


Aislada

EMPLAZAMIENTO POR EXHORTO EN EL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO. AUN CUANDO EL ACTUARIO QUE LO PRACTICÓ CON EL INTERESADO, HAYA OMITIDO RELACIONAR LOS DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTARON A LA DEMANDA, ELLO NO DA LUGAR A QUE PUEDA IMPUGNARSE HASTA EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN [INAPLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 1a./J. 39/2020 (10a.)].

💡 Impacto Jurídico

“En un juicio especial hipotecario, si el emplazamiento por exhorto se entiende directamente con el demandado, la omisión del actuario de listar los documentos adjuntos a la demanda no invalida el acto ni permite impugnarlo hasta la etapa de ejecución.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿La omisión de relacionar documentos en un emplazamiento por exhorto invalida el acto si se entendió con el interesado?
    • ¿Se puede impugnar un emplazamiento defectuoso en un juicio hipotecario hasta el procedimiento de ejecución si el demandado tuvo conocimiento previo?
    • ¿Es aplicable la jurisprudencia 1a./J. 39/2020 (10a.) cuando el emplazamiento se realiza directamente con el demandado, aunque falte la descripción documental?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
En un juicio especial hipotecario el emplazamiento de uno de los codemandados se realizó a través de exhorto, el cual se entendió con el interesado conforme a los artículos 1.174, 1.175, 1.176 y 1.177 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México. Una vez declarado en rebeldía, se dictó sentencia y llegado el procedimiento de remate promovió amparo indirecto por defecto en el emplazamiento. El Juez de Distrito decidió negarlo al estimar satisfechos todos los requisitos legales del emplazamiento.
⚖️ Criterio Jurídico
Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que aun cuando el actuario que practicó el emplazamiento por exhorto en el juicio especial hipotecario, que se entendió con el interesado, haya omitido relacionar los documentos que se adjuntaron a la demanda, ello no da lugar a que pueda impugnarse hasta el procedimiento de ejecución.
📜 Justificación
A pesar de que en la razón del emplazamiento no se describan los documentos allegados con la demanda, haberla entendido con el demandado hace inaplicable la jurisprudencia 1a./J. 39/2020 (10a.), de la Primera Sala de la , pues éste tuvo conocimiento del juicio seguido en su contra, lo que le permitió acudir en defensa de sus derechos sin necesidad de esperar hasta el procedimiento de ejecución para reclamarlo en amparo indirecto.

Datos de Publicación:

Tribunales Colegiados de Circuito | Semanario Judicial de la Federación.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 62/2024. Jorge Huerta Urban. 8 de marzo de 2024. Unanimidad de votos. Ponente: Adalberto Eduardo Herrera González. Secretario: Óskar Edwin Hernández Olín.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

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