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Incompatibilidad de Pensiones ISSSTE: 10 Puntos Clave | Molina y Asociados
Derecho Administrativo · ISSSTE
"¿Me pueden negar mi pensión porque tengo trabajo?"

Incompatibilidad de
pensiones del ISSSTE:
10 puntos que debes conocer

Miles de trabajadores y familias enfrentan negativas injustificadas del ISSSTE. La Suprema Corte ya resolvió este tema con jurisprudencia firme. Aquí te explicamos todo para que puedas defender tus derechos.

La Suprema Corte lo confirma: recibir un salario y una pensión por viudez al mismo tiempo es completamente legal y no puede negársete.
Tesis 1a./J. 66/2009
·
Tesis 2a./J. 129/2016
·
Amparo Indirecto
·
Art. 123 Apartado B Constitución
·
Art. 51 Ley ISSSTE 2007 — Inconstitucional
·
Art. 12 Reglamento ISSSTE — Inconstitucional
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Molina y Asociados · Casos ganados
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Tesis 1a./J. 66/2009
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Tesis 2a./J. 129/2016
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Amparo Indirecto
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Art. 123 Apartado B Constitución
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Art. 51 Ley ISSSTE 2007 — Inconstitucional
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Art. 12 Reglamento ISSSTE — Inconstitucional
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Molina y Asociados · Casos ganados
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1
Base jurídica

El origen de los derechos es diferente

Un error muy común es pensar que recibir un salario y una pensión es un "doble pago" por la misma razón. Legalmente, no es así.

Distinción legal clave
El salario nace de una relación de trabajo activa y presente.
La pensión por viudez surge del fallecimiento de un cónyuge que cotizó durante su vida laboral.

Son dos fuentes jurídicas completamente distintas y no se excluyen entre sí.

Reclamar una no cancela el derecho a la otra. Confundirlas es el argumento que usa el ISSSTE para negar, y es un argumento incorrecto.

2
Constitución Política

La Constitución protege ambos derechos de forma amplia

El artículo 123, Apartado B de la Constitución no solo establece el derecho al trabajo — también consagra la seguridad social como un pilar fundamental del Estado mexicano.

Lo que el ISSSTE hace mal
Negarle una pensión por viudez a alguien solo porque trabaja activamente contradice directamente el espíritu garantista de la Constitución, que busca ampliar la protección social, no restringirla.

La protección constitucional existe precisamente para contingencias como la muerte del cónyuge. Negarla por razones laborales viola este principio de raíz.

3
Jurisprudencia obligatoria

La Suprema Corte ya dejó claro que la restricción es inconstitucional

No es una simple opinión de abogados. El máximo tribunal del país ha emitido jurisprudencia firme y de observancia obligatoria para todos los jueces del país:

Criterio vinculante de la SCJN
1a./J. 66/2009


Los artículos que restringen la pensión por viudez a quienes trabajan violan la garantía social. Impedir que un beneficiario trabaje limita su bienestar, lo cual es contrario a la finalidad de la seguridad social.

Todos los jueces federales están obligados a aplicar este criterio. Si el ISSSTE niega la pensión, un juez puede ordenar que la otorgue.

4
Ley abrogada

La Ley del ISSSTE de 2007 es frecuentemente mal utilizada

El ISSSTE suele fundamentar sus negativas en el artículo 51 de la antigua Ley del ISSSTE, vigente hasta marzo de 2007. Aunque esté abrogada, puede aplicarse a ciertos trabajadores bajo régimen transitorio.

Lo que debes saber
Sin importar que sea ley vigente o transitoria, los tribunales federales han reiterado que dicho artículo es inconstitucional. Los jueces no deben aplicarlo para negar este derecho.
5
Reglamento inválido

El Reglamento del ISSSTE también contiene restricciones inválidas

El artículo 12 del Reglamento para el Otorgamiento de Pensiones del régimen décimo transitorio establece limitaciones similares.

Segunda tesis de la Suprema Corte
2a./J. 129/2016


Este reglamento también fue declarado inconstitucional: viola el derecho a la seguridad social al imponer una restricción indebida para la percepción simultánea de salario y pensión.
6
Derecho laboral

"Trabajador en activo" no es un impedimento legal

El hecho de estar trabajando y cotizar al ISSSTE no te descalifica para recibir la pensión por viudez.

El principio detrás
La protección social está diseñada para sumar beneficios y garantizar la estabilidad de las familias. La ley busca coadyuvar al bienestar, no obligar a elegir entre el desarrollo profesional y un derecho ganado por el cónyuge fallecido.
7
Acto de autoridad

La negativa del ISSSTE es un acto de autoridad reclamable

No es el final del camino
Si el ISSSTE te entregó un oficio negando la pensión por "incompatibilidad", esa resolución es un acto de autoridad formal. Puede y debe ser impugnado a través de los medios de defensa legales.

No importa cuán definitiva parezca la respuesta del ISSSTE. Mientras exista ese documento, existe la posibilidad jurídica de revertirlo ante un juez federal.

8
Vía legal

El Juicio de Amparo es la vía idónea para defender tu derecho

Cuando una autoridad aplica una norma contraria a la Constitución, la herramienta más poderosa es el Juicio de Amparo Indirecto.

¿Qué es y qué logra?
A través del amparo se solicita a un Juez de Distrito que revise si el ISSSTE violó tus derechos fundamentales. Si el Juez te da la razón, el ISSSTE queda obligado por ley a reconocer y pagar tu pensión de manera íntegra.
9
Proceso legal

¿Cómo se reclama? El proceso paso a paso

1
Presentación de la Demanda de Amparo

Se elabora una demanda con los hechos y argumentos legales que demuestran por qué la negativa del ISSSTE es inconstitucional, apoyándose en los criterios de la Suprema Corte.

2
Análisis del Juez Federal

El Juez de Distrito revisará el oficio de negativa del ISSSTE y los argumentos presentados, contrastándolos con la jurisprudencia vinculante de la SCJN.

3
Sentencia favorable y reconocimiento de la pensión

Si el Juez determina que la actuación fue inconstitucional, concede el amparo y ordena al ISSSTE reconocer el derecho a la pensión de manera íntegra, incluyendo los pagos retroactivos correspondientes.

10
Estrategia legal

La clave del éxito: una defensa estratégica y con experiencia

Ganar un juicio de amparo no es automático. Requiere una estrategia legal sólida y conocimiento profundo de la materia. La clave es demostrarle al Juez, de manera clara y contundente, que la negativa del ISSSTE se basa en normas ya declaradas inconstitucionales.

En Molina y Asociados
Esta no es solo una teoría — es una práctica constante y documentada. Hemos obtenido múltiples sentencias favorables en casos de incompatibilidad de pensiones ISSSTE en diferentes estados de la República, y seguimos haciéndolo.
Resultados reales

Casos ganados en incompatibilidad ISSSTE

Sentencias favorables obtenidas por Molina y Asociados a lo largo de la República Mexicana.

+30
Años de experiencia en litigio
100%
Casos de incompatibilidad ISSSTE resueltos favorablemente
3
Estados donde hemos obtenido amparos en este tema
Caso anterior
Amparo — Negativa por trabajadora en activo (Querétaro)

Cliente trabajadora del sector público con pensión por viudez negada bajo argumento de incompatibilidad. Amparo concedido. ISSSTE obligado a otorgar la pensión íntegra.

Estado: Querétaro
Resultado: Amparo concedido ✓
Caso anterior
Amparo — Pensión negada por régimen transitorio (Chiapas)

Cliente bajo régimen décimo transitorio a quien el ISSSTE negó la pensión citando el Art. 12 del reglamento. Amparo concedido. Pensión reconocida.

Estado: Chiapas
Resultado: Amparo concedido ✓
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Abogados

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30 años de litigio especializado en derecho civil, familiar, mercantil y el sistema inquisitorio penal.

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MARIA DEL CARMEN CRUZ

Especializada en litigio  civil y familiar con mas de 20 años de experiencia con estudios en la Universidad Autónoma de Chiapas.

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Especializado en derecho penal, derecho administrativo y derecho migratorio con estudios en la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

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Especializado en derecho penal y amparo con estudios en la Universidad Nacional Autónoma de México y el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

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DANIEL BEJAR

Especializado en derecho civil, familiar, mercantil y el sistema penal acusatorio, con estudios en el Instituto Nacional de Ciencias Penales.

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Gestoría

EDUARDO MOLINA

Pasante en derecho por una Universidad Autónoma de Chiapas.

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ENRIQUE MORALES

Especializado en derecho civil, familiar, mercantil y el sistema penal acusatorio egresado de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla y del Instituto Nacional de Ciencias Penales.