Molina y Asociados


✦ Criterios Individuales ✦

Detalles del Criterio

Encabezado de Análisis IA - Blanco
Potenciado Por
Inteligencia Artificial Avanzada


Constitucional


Reg. 2031956


Jurisprudencia

ALERTA REGISTRAL. LOS ARTÍCULOS 4, FRACCIÓN I BIS Y 60 BIS DE LA LEY DEL REGISTRO PÚBLICO DEL ESTADO DE NAYARIT QUE LA REGULAN NO VULNERAN EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS.

💡 Impacto Jurídico

“El servicio de "alerta registral" de Nayarit es constitucional. Funciona como una notificación sobre trámites de un inmueble sin revelar datos personales de quien los solicita, por lo que no viola el derecho a la protección de datos personales.”

Preguntas Clave que responde:

    • ¿El servicio de “alerta registral” de Nayarit viola el derecho a la protección de datos personales?
    • ¿Qué tipo de información recibe una persona que contrata el servicio de “alerta registral”?
    • ¿La “alerta registral” implica una transferencia de datos personales de quien solicita un trámite en el Registro Público?

Texto Oficial de la Tesis

📌 Hechos (El Caso)
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales promovió acción de inconstitucionalidad contra los artículos referidos, contenidos en el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Registro Público del Estado de Nayarit, publicado en el Periódico Oficial de la entidad el tres de mayo de dos mil veinticuatro. Consideró que el servicio de "alerta registral" que regulan vulnera el derecho a la protección de datos personales en posesión de sujetos obligados.
⚖️ Criterio Jurídico
Los artículos 4, fracción I Bis y 60 BIS de la Ley del Registro Público del Estado de Nayarit que regulan la "alerta registral" no vulneran el derecho a la protección de datos personales, porque el servicio que establecen tiene carácter informativo y referencial, sin implicar transferencia o revelación de datos personales de quienes promueven trámites registrales.
📜 Justificación
Los artículos citados establecen que la "alerta registral" es un servicio electrónico de carácter informativo y referencial ofrecido por el Registro Público del Estado, con vigencia de un año y previo el pago de derechos, para que el propietario, acreedor hipotecario, deudor hipotecario o la persona que tenga la propiedad o garantía fiduciarias reciban, en tiempo real y de manera oportuna, a través de correo electrónico o de un dispositivo móvil, información sobre las solicitudes de inscripción o certificación que se ingresen en el Registro Público y que incidan en un inmueble respecto del cual se contrató el servicio.
De una interpretación conforme con el artículo 6o. de la Constitución Federal, se entiende que la implementación del sistema de "alerta registral", únicamente constituye una herramienta tecnológica de carácter informativo y referencial que refuerza la seguridad jurídica inmobiliaria a nivel local.
En efecto, la identidad de la persona que solicite información respecto a los actos registrales de un inmueble no se ve transferida a quien reciba la alerta registral, sino que únicamente se notifica que se ha recibido ante el Registro Público una solicitud de inscripción o certificación, la cual debe ser identificada de manera referencial, por ejemplo, a través de un número de folio, lo que válidamente puede ser conocido por la persona que reciba la alerta electrónica.
El hecho de que el Registro Público deba identificar, por disposición de ley, a la persona que solicite un servicio o inicie un procedimiento registral no desvirtúa sus obligaciones que, como sujeto obligado, tiene en materia de protección de datos personales. En términos de las leyes generales aplicables en la materia, para que el sujeto obligado pueda disponer de datos personales requiere, en principio, el consentimiento de los particulares titulares de la información, acorde con el artículo 119 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente.
Asimismo, de conformidad con el artículo 25 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con independencia del tipo de sistema en el que se encuentren los datos personales o el tipo de tratamiento que se efectúe, el responsable deberá establecer y mantener las medidas de seguridad de carácter administrativo, físico y técnico para la protección de los datos personales, que permitan protegerlos contra daño, pérdida, alteración, destrucción o su uso, acceso o tratamiento no autorizado, así como garantizar su confidencialidad, integridad y disponibilidad.

Datos de Publicación:

Pleno | Semanario Judicial de la Federación.

PLENO.
Acción de inconstitucionalidad 114/2024 y su acumulada 120/2024. Poder Ejecutivo Federal e Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. 29 de septiembre de 2025. Unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Sara Irene Herrerías Guerra, con precisiones metodológicas y formuló voto concurrente, Irving Espinosa Betanzo, María Estela Ríos González, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, quien formuló voto concurrente, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Arístides Rodrigo Guerrero García y Hugo Aguilar Ortiz. Ponente: Yasmín Esquivel Mossa. Secretarios: Mauricio Tapia Maltos y Rodrigo Arturo Cuevas y Medina.
El Comité de Revisión, Aprobación y Numeración de Tesis, el veinte de marzo de dos mil veintiséis, aprobó, con el número 39/2026 (12a.), la tesis jurisprudencial que antecede. Ciudad de México a veinte de marzo de dos mil veintiséis.

Nota de Responsabilidad IA

Nota: Los análisis presentados anteriormente son generados mediante modelos de inteligencia artificial y tienen fines exclusivamente informativos. Se recomienda verificar siempre la información con el texto oficial de la tesis disponible en: https://sjf2.scjn.gob.mx/ . Este sitio es independiente y no forma parte, ni representa, ni cuenta con aval de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Poder Judicial, ni de ninguna institución del Estado mexicano.

Recibe las últimas tesis de la SCJN, clasificadas por materia, directamente en tu teléfono.

Canales de Telegram

Únase a nuestros canales especializados y reciba cada viernes las nuevas tesis clasificadas por materia, directamente en su dispositivo.